Se dispuso el sobreseimiento por inimputabilidad de una mujer acusada de intentar prender fuego a una empleada de una panadería de El Bolsón. El hecho ocurrió el 29 de agosto de 2026, alrededor de las 17. El sobreseimiento se dictó en los términos del artículo 34, inciso 1, del Código Penal.
Según la acusación, la mujer ingresó al comercio, roció con combustible a una empleada e intentó prenderla fuego con encendedores.
El organismo forense señaló que requería atención permanente e internación, mientras que el hospital tratante informó que debía continuar su tratamiento en otro centro especializado. La Fiscalía había pedido una medida de seguridad de 60 días en un establecimiento de puertas cerradas. La Defensa propuso limitarla a 15 días y que luego la mujer continúe bajo el cuidado de su familia.
La magistrada dispuso, como medida de seguridad, que la paciente continúe internada con custodia y ordenó su posterior traslado a un centro de salud mental adecuado a sus necesidades. Hasta que el traslado se concrete, la mujer permanecerá en el Hospital de El Bolsón, con custodia y sin interrupción de la atención médica.
El juez dispuso que las actuaciones pasen a la jueza de ejecución, quien deberá controlar la medida y podrá revisarla antes de su vencimiento. La disposición tiene un plazo inicial de 60 días y vence en principio el 25 de noviembre a las 14:00, cuando la jueza de ejecución evaluará los informes clínicos para resolver su continuidad, modificación o cese.
